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18 de junio de 2026

El Gobierno dictaminó el Super RIGI con algunos cambios y buscará aprobarlo la semana que viene en Diputados

Los libertarios aceptaron algunas modificaciones propuestas por los aliados, como incluir una cláusula que garantice la contratación de un 20% de proveedores locales. El oficialismo planea convocar a una sesión el 24 de junio, junto con el proyecto de pago a los holdouts

El oficialismo logró este miércoles alzarse con el dictamen de mayoría del proyecto de Super RIGI en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados. El oficialismo logró el apoyo del PRO, la UCR, el MID, Innovación Federal, Independencia (Tucumán), Por Santa Cruz y Producción y Trabajo (San Juan). Prevén convocar a una sesión especial el próximo 24 de junio para tratar este proyecto junto con el pago a los holdouts, que también fue dictaminado hoy.

El Super RIGI tiene como objetivo incentivar las inversiones de más de USD 1.000 millones en las denominadas "industrias del futuro". La categoría es bastante amplia y, según los libertarios, incluye desde la fabricación de baterías de litio o autos eléctricos, a desarrollos de Inteligencia Artificial, data centers, paneles solares, turbinas eólicas y hasta proyectos vinculados a la cadena de valor del uranio.

Entre otros puntos, incorpora incentivos tributarios y aduaneros, como una alícuota especial del 15% en el Impuesto a las Ganancias, un régimen de amortización acelerada para inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura, la posibilidad de deducir quebrantos sin límite temporal y una alícuota reducida del 3,5% sobre dividendos y utilidades.

También garantiza arancel cero para importaciones y 0% de retenciones a exportaciones; establece un tope máximo del 0,5% para Ingresos Brutos en las provincias adheridas y prohíbe el cobro de tasas municipales calculadas directamente sobre las ventas, y -como el RIGI- contempla una estabilidad regulatoria de 30 años.

Para lograr la mayoría de las firmas en el plenario de comisión, el oficialismo aceptó varios planteos de los bloques aliados y dialoguistas, principalmente vinculados con la inversión en I+D y la contratación de proveedores locales.

Incentivos a la Investigación y Desarrollo (I+D)

El dictamen establece que las inversiones en I+D vinculadas al proyecto se computan por el doble de su valor al momento de calcular el monto mínimo de inversión exigido. Sin embargo, esta ponderación especial no puede superar el 20% del monto mínimo de inversión. El excedente se computará a valor nominal.

Plan de Desarrollo de Proveedores Locales

Se incorpora la obligación de presentar un plan para el desarrollo de proveedores locales, debiendo comprometer un porcentaje no menor al 20% del monto total de adquisiciones de bienes y servicios durante la ejecución del proyecto, orientado a proveedores nacionales. Siempre y cuando "la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad".

Sustentabilidad de recursos e infraestructura

Se exige que el plan de inversión incluya un informe técnico que demuestre que el proyecto no compromete la sustentabilidad de los recursos naturales ni la capacidad de la infraestructura de la zona de influencia, considerando su impacto ambiental y social.

Rechazo por impacto negativo sustancial

Se incorpora como causal de rechazo la existencia comprobada de un impacto negativo sustancial del proyecto sobre los recursos naturales o la infraestructura local, o que implique un riesgo relevante para la sustentabilidad ambiental o social de la zona.

Registro Público de Proyectos

Se crea un Registro Público de Proyectos del Súper RIGI, de acceso libre. Allí se publicará información relevante sobre los proyectos adheridos y las sanciones aplicadas, con resguardo de información sensible cuando corresponda.

Nuevos Objetivos Prioritarios

Se agregan como objetivos:

Parámetros para "Nuevas Actividades

El dictamen define que las "nuevas actividades" deben ser desarrollos industriales, tecnológicos o de servicios vinculados a infraestructura tecnológica o digital estratégica, con impacto transformador en la estructura productiva nacional y que no se encuentren desarrollados a escala comercial en el país.

Quedan expresamente excluidos del presente régimen aquellos proyectos cuyo objeto, alcance o ejecución consistan en la ampliación, adecuación, modernización, reconversión, reorganización o reutilización de instalaciones preexistentes.

Además, en el Artículo 4 se agrega que la acreditación de "nuevas actividades económicas" se realizará "conforme a los criterios objetivos y parámetros mensurables que se establezcan en la reglamentación".

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